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Países Bajos no puede deportar a jóvenes iraquíes tras inculcarles valores de igualdadFigurilla de justicia - Foto de Tingey Injury Law Firm en Unsplash

Los Países Bajos no pueden deportar a dos adolescentes iraquíes que han adoptado valores de igualdad de género durante su estancia en el país, dictaminó el martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. 

Según el tribunal, las jóvenes podrían enfrentar persecución en Irak debido a las normas y valores aprendidos en los Países Bajos durante sus años de formación.

Contexto del caso:
Las dos niñas iraquíes han vivido en los Países Bajos desde 2015. 

Después de que las autoridades holandesas rechazaran dos veces sus solicitudes de asilo, las jóvenes llevaron el caso a los tribunales. 

El tribunal holandés solicitó la opinión del Tribunal de Justicia Europeo sobre el asunto.

Argumentos de las jóvenes:
Las adolescentes argumentaron que durante su larga estancia en los Países Bajos “han adoptado las normas, valores y conductas de los jóvenes de su edad en esa sociedad”

Si regresaran a Irak, “serían incapaces de ajustarse a las normas de una sociedad que no ofrece a las mujeres y a las niñas los mismos derechos que a los hombres”. 

Temen ser perseguidas debido a la identidad que han formado en los Países Bajos.

Decisión del Tribunal de Justicia de la UE:
El tribunal europeo falló a favor de las jóvenes iraquíes, refiriéndose a la Directiva sobre protección internacional. 

Esta directiva estipula que se debe conceder el estatus de refugiado en los casos en que los nacionales de terceros países enfrenten persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo determinado.

“El Tribunal considera que las mujeres, incluidas las menores, que tienen como característica común el hecho de llegar a identificarse genuinamente con el valor fundamental de la igualdad entre mujeres y hombres durante su estancia en un Estado miembro, pueden, según las circunstancias del país de origen, ser consideradas como pertenecientes a un determinado grupo social, constituyendo un motivo de persecución capaz de conducir al reconocimiento del estatus de refugiado”, dijo el tribunal.

Consideraciones clave:
El tribunal dictaminó que una estancia prolongada en un Estado miembro es una consideración válida a la hora de evaluar una solicitud de protección internacional basada en el temor de persecución, especialmente cuando esa estancia coincide con los años de formación del niño.

Impacto de la decisión:
Esta decisión subraya la importancia de la integración y la adopción de valores fundamentales como la igualdad de género durante la estancia en un Estado miembro de la UE. 

Destaca la responsabilidad de la UE de considerar el impacto de estos valores en las solicitudes de asilo y la protección de los derechos humanos.

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